Esos modelos de desarrollo, a pesar de los subsidios y capitales invertidos, no han logrado un verdadero incremento en la calidad de vida de sus habitantes. Por el contrario, han repercutido de manera alarmante en los ecosistemas, provocando a menudo verdaderas catástrofes ecológicas y, sobre todo, dificultando el desarrollo futuro y a largo plazo de sus habitantes.
Sin pretender dar una definición universalmente aplicable del desarrollo, sí afirmamos que éste debe caracterizarse también a través de conceptos cualitativos. La actitud de una comunidad hacia sí misma y hacia su medio ambiente constituyen mejores indicadores de su grado de desarrollo que su producto interno bruto. Al hablar de desarrollo tiene que hablarse de calidad de vida, de satisfacción por sus propios medios, de sus necesidades básicas, tanto individuales como colectivas. El desarrollo no puede entenderse como una condición definida en términos de lo que una sociedad posee, sino en función de capacidad para usar lo que tiene con miras a mejorar sus condiciones de vida. La habilidad de una comunidad para administrar sus asuntos depende más de su actitud hacia el mundo que la contiene y de su comprensión del mismo, que de sus métodos para solucionar sus problemas
La cultura, en todas sus formas, temas y variantes, es un bien social que se va construyendo de manera colaborativa y secuencial a lo largo del tiempo, en tanto que las obras artísticas, científicas y culturales hechas por la presente generación están necesariamente influenciadas y se construyen sobre las que hicieron las generaciones anteriores.
Al reconocer esta verdad evidente, la RTPD asume como propios los principios de la Declaración de Berlín aprobada el 22 de octubre de 2003 y firmada a la fecha (abril 2009) por más de 260 instituciones a nivel mundial. A continuación se transcriben algunos párrafos de dicho documento modificados libremente para ajustarse con mayor precisión a los principios de la RTPD:
Internet ha cambiado fundamentalmente las realidades prácticas y económicas relacionadas con la creación, distribución del conocimiento científico y el patrimonio cultural. Por primera vez en todos los tiempos, Internet nos ofrece la oportunidad de construir una representación global e interactiva del conocimiento humano, incluyendo el patrimonio educativo cultural, así como la perspectiva de acceso libre a escala mundial.
En concordancia con lo anterior, la RTPD se compromete a promover el acceso y uso de Internet como el instrumento funcional que sirva de base para la creación y distribución del conocimiento científico, educativo y cultural, así como de la reflexión y comunicación humana.
Por ello, la información y los contenidos creados en los talleres de la RTPD estarán a disposición de la sociedad mundial de manera libre, expedita y amplia. Es necesario apoyar nuevas posibilidades de creación y diseminación del conocimiento, no solo a través de la manera clásica, sino también utilizando el paradigma del acceso abierto por medio de la Internet.
Para que se pueda alcanzar esta visión de una representación del conocimiento global y su correspondiente libre acceso, la RTPD tiene que ser sustentable, interactiva y transparente. Todo el contenido generado en sus talleres, así como las herramientas de software que se usen para el desarrollo y distribución de los mismos, deben ser libremente accesibles y compatibles.
Las contribuciones del acceso abierto incluyen los resultados de investigaciones científicas y creaciones artísticas originales, sus datos primarios y metadatos, los materiales fuentes, las representaciones digitales de materiales gráficos y pictóricos, y materiales eruditos en multimedia. Estas contribuciones de acceso abierto deben satisfacer dos condiciones:
1. El (los) autor(es) y depositario(s) de la propiedad intelectual de tales contribuciones deben garantizar de manera irrevocable a todos los usuarios por igual, el derecho gratuito, irrevocable y mundial de acceder a un trabajo, lo mismo que licencia para copiarlo, usarlo, distribuirlo, transmitirlo y exhibirlo públicamente, y para hacer y distribuir trabajos derivados, en cualquier medio digital y para cualquier propósito responsable, todo sujeto al reconocimiento apropiado de la autoría inicial. En particular la RTPD ha seleccionado la familia de licencias de propiedad intelectual conocida como Creative Commons y los parámetros específicos BY (atribución), NC (no comerciable) y SA (misma licencia).
2. Una versión completa del trabajo y de todos sus materiales complementarios, que incluya una copia del permiso del que se habla arriba, en un conveniente formato electrónico estándar, se depositará y así será publicado en por lo menos un repositorio en línea que utilice los estándares técnicos designados por la RTPD que sea apoyado y mantenido por una institución académica, sociedad erudita, agencia gubernamental, o una bien establecida organización de la sociedad civil que busque implementar el acceso abierto, distribución irrestricta, interoperabilidad y capacidad archivística a largo plazo.
La RTPD se da cuenta que el proceso de desplazarse al acceso abierto cambia la creación y diseminación del conocimiento en lo que respecta a cuestiones legales y financieras. Nuestra organización asume el propósito de encontrar soluciones que ayuden a un mayor desarrollo de los marcos legales y financieros existentes, con el fin de facilitar el óptimo uso y acceso del patrimonio cultural comunal.
Consecuentemente con los dos principios anteriores, la RTPD considera que las tecnologías que se utilicen para promover modelos endógenos de desarrollo deben ser, por una parte, apropiadas para satisfacer efectivamente las necesidades materiales e inmateriales de la población objetivo, y por la otra, apropiables por dichos habitantes, en el sentido de hacerlas verdaderamente suyas. Con el objeto de romper dependencias externas, la RTPD evitará el uso de tecnologías cerradas o propietarias y fomentará el uso, desarrollo y diseminación de tecnologías libres, abiertas y estandarizadas.
La tecnología digital es una poderosa herramienta para la educación, que se usará para los fines de cada Institución Anfitriona suscrita a la RTPD. El uso apropiado y apropiable de la tecnología digital está tanto en el fin para el que se la utiliza, como en lo que implica emplearla como un medio para alcanzar dicho fin. Por ello la RTPD promueve en su discurso, operación y estructura organizacional, las siguientes motivaciones y fines para el uso de la tecnología digital.
Uso de herramientas digitales libres cuyo código fuente sea accesible, así como de formatos de datos abiertos sancionados por organizaciones internacionales como la ISO (International Standart Organization)
Educación libre, abierta y significativa para todas y todos, enfatizando la investigación, creación, diseminación, acceso e intercambio libre y gratuito de toda la información relevante para la preservación de la diversidad cultural y biológica de las comunidades y la sustentabilidad en el uso de los recursos naturales
Los productos y contenidos que se elaboran en los talleres de la RTPD se desarrollan para que le sirvan a cada Institución Anfitriona para realizar mejor su actividad educativa y social. La relevancia de cada producto está directamente asociada con el objeto y la naturaleza social de la institución, pero servirá también para que cualquier otra organización pueda realizar obras derivadas siguiendo los lineamientos de la licencia de propiedad intelectual Creative Commons.